En el ámbito de la contratación pública, el documento C-654 de 2025 proporciona directrices cruciales sobre la modificación de cronogramas y la subsanación de ofertas. Este análisis es fundamental para entidades estatales y proponentes, ya que establece los límites y procedimientos que deben seguirse en el proceso de selección, garantizando así la transparencia y la eficiencia en la gestión pública.
El documento destaca que las entidades estatales pueden modificar el cronograma de un proceso de selección mediante adendas, tanto antes como después del cierre de la presentación de ofertas, siempre y cuando se respeten los plazos establecidos. Además, se enfatiza el principio de economía, que obliga a cumplir con los procedimientos necesarios para asegurar la selección objetiva de la propuesta más favorable. La Ley 1882 de 2018 introduce criterios importantes sobre la subsanación de ofertas, permitiendo a los proponentes corregir errores hasta el momento previo a la adjudicación, lo que refuerza la equidad en la competencia.
Si eres parte de una entidad estatal o un proponente interesado en la contratación pública, es esencial que comprendas las implicaciones de este documento. Te invitamos a profundizar en el análisis del C-654 de 2025 y a asegurarte de que tu participación en procesos de selección cumpla con las normativas vigentes. ¡Descarga el documento y mantente informado sobre las mejores prácticas en contratación pública!